CRITERIOSORIENTATIVOS DE HONORARIOS APROBADOS POR JUNTA GENERAL DE 25 DE MARZO DE 2010, A LOS EXCLUSIVOS EFECTOS DE LA TASACIÓN DE
igualmenteválidos para el cálculo de honorarios y derechos que corresponden a los efectos de tasación de costas en asistencia jurídica gratuita". En igual sen do, se manifiesta el ar culo 246.1 de la Ley de Enjuicimai9ento Civil al establecer que “ si la tasación se impugnara por considerar excesivos los honorarios de loscomoexcepción únicamente “que los Colegios podrán elaborar criterios orientativos a los exclusivos efectos de la tasación de costas y de la jura de cuentas de los abogados, así como a los efectos de tasación de costas en asistencia jurídica gratuita”. 6. Se toma en consideración que el artículo 139.5 de la LJCA configura un privilegio Alos exclusivos efectos de practicar y resolver los incidentes de tasación de costas y de jura de cuentas (también en los casos de justicia gratuita), los profesionales de la abogacía, los letrados de la administración de justicia y los jueces, se han valido de manera generalizada de los criterios orientativos que para ese fin habían sido elaborados por